martes, 20 de agosto de 2013

MERCADILLO SEMANAL DE CABEZO DE TORRES

Archivo del Cronista Oficial de Cabezo de Torres
Mercado Semanal de Cabezo de Torres que se celebra los martes.

Desde tiempo inmemorial se celebra, cada martes, en Cabezo de Torres (Murcia) el tradicional mercado semanal.
Durante muchos años los puestos del mercado semanal se instalaban en la plaza de la Iglesia. Luego se trasladaron a la calle Moreno Cortés, que es popularmente conocida como calle del mercado. En la actualidad se realiza en una calle aneja al Jardín de la Constitución.
Este mercado está clasificado como “Mercadillo Generalista” y el horario es de 9’00 a 14’00 horas, aunque desde las 7’00 horas ya están los puestos abiertos al público, sobre todo en verano cuando la gente adelanta la hora de las compras para evitar el calor.
En el mercado de Cabezo de Torres se instalan 80 puestos con los más diversos productos: Frutas y verduras, flores y plantas, frutos secos envasados, churros, aceitunas y encurtidos, salazones envasados, semillas y hierbas envasadas, ropa, calzado, bisutería, retales, lozas, bolsos, droguería, perfumería y artículos de limpieza, mercería...
Condiciones y requisitos para vender
Para el ejercicio de la venta fuera de establecimiento comercial permanente, se deberán observar los siguientes requisitos:
En cuanto al peticionario:
a) Estar dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes del Impuesto de Actividades Económicas
b) Estar dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda c) Poseer el carné profesional del comercio ambulante
d) En el caso de personas extracomunitarias, disponer del oportuno permiso de residencia y trabajo conforme a la normativa vigente.
En cuanto a la actividad:
a) Cumplir con las condiciones exigidas por la normativa reguladora de los productos objeto de venta, y de forma especial, de aquéllos destinados a alimentación.
b) Tener expuesto al público la tarjeta identificativa prevista en la legislación autonómica, así como tener igualmente a disposición de la autoridad competente o sus funcionarios y agentes, las facturas y comprobantes de compra correspondientes a los productos de venta.
c) Tener también expuesto al público, los precios de venta de las mercancías.
d) Poseer la pertinente autorización municipal
e) Tener a disposición de las personas consumidoras y usuarias las hojas de quejas y reclamaciones.
Información extraída de la “Ordenanza Municipal reguladora de la venta ambulante en el término municipal de Murcia”. Para más información contactar con el Ayuntamiento o bien con una gestoría o asesoría especializada en tramitar solicitudes de venta ambulante en Murcia.

Juan Vivancos Antón
CRONISTA OFICIAL DE CABEZO DE TORRES


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