martes, 20 de agosto de 2013
MERCADILLO SEMANAL DE CABEZO DE TORRES
Archivo del Cronista Oficial de Cabezo de Torres
Mercado Semanal de Cabezo de Torres que se celebra
los martes.
Desde
tiempo inmemorial se celebra, cada
martes, en Cabezo de Torres (Murcia) el tradicional mercado semanal.
Durante
muchos años los puestos del mercado semanal se instalaban en la plaza de la
Iglesia. Luego se trasladaron a la calle Moreno Cortés, que es popularmente
conocida como calle del mercado. En la actualidad se realiza en una calle aneja
al Jardín de la Constitución.
Este
mercado está clasificado como “Mercadillo Generalista” y el horario es de 9’00
a 14’00 horas, aunque desde las 7’00 horas ya están los puestos abiertos al
público, sobre todo en verano cuando la gente adelanta la hora de las compras
para evitar el calor.
En
el mercado de Cabezo de Torres se instalan 80 puestos con los más diversos
productos: Frutas y verduras, flores y plantas, frutos secos envasados,
churros, aceitunas y encurtidos, salazones envasados, semillas y hierbas
envasadas, ropa, calzado, bisutería, retales, lozas, bolsos, droguería,
perfumería y artículos de limpieza, mercería...
Condiciones y
requisitos para vender
Para
el ejercicio de la venta fuera de establecimiento comercial permanente, se
deberán observar los siguientes requisitos:
En cuanto al
peticionario:
a)
Estar dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes del Impuesto de
Actividades Económicas
b)
Estar dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda c)
Poseer el carné profesional del comercio ambulante
d)
En el caso de personas extracomunitarias, disponer del oportuno permiso de
residencia y trabajo conforme a la normativa vigente.
En cuanto a la
actividad:
a)
Cumplir con las condiciones exigidas por la normativa reguladora de los
productos objeto de venta, y de forma especial, de aquéllos destinados a
alimentación.
b)
Tener expuesto al público la tarjeta identificativa prevista en la legislación
autonómica, así como tener igualmente a disposición de la autoridad competente
o sus funcionarios y agentes, las facturas y comprobantes de compra
correspondientes a los productos de venta.
c)
Tener también expuesto al público, los precios de venta de las mercancías.
d)
Poseer la pertinente autorización municipal
e)
Tener a disposición de las personas consumidoras y usuarias las hojas de quejas
y reclamaciones.
Información extraída
de la “Ordenanza Municipal reguladora de la venta ambulante en el término
municipal de Murcia”. Para más información contactar con el Ayuntamiento o bien
con una gestoría o asesoría especializada en tramitar solicitudes de venta
ambulante en Murcia.
Juan Vivancos Antón
CRONISTA
OFICIAL DE CABEZO DE TORRES
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